SENTENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
Sitios de apoyo para solución de preguntas de la sentencia
"T -406 DE 1992 M. P Ciro Angarita Barón." enlace
http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1992/t-406-92.htm
¿QUE ES EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO?
"Sujeción de la actividad estatal a normas que garantizan.
1. la separación de funciones de los órganos del poder
2. El ejercicio de la autoridad sobre las personas conforme a disposiciones conocidas y no retroactivas.
3. El respeto de los derechos y libertades individuales.
4. la reivindicación y tutela de los grupos sociales económicamente débiles.
5. El desarrollo del pluralismo como instrumento de la sociedad para expandir sus prerrogativas y controlar los órganos del poder".
Tomado del siguiente link; http://www.bibliojuridica.org/libros/2/994/7.pdf
"Art. 1. Colombia es
un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria,
descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática,
participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el
trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del
interés general. "
EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO DEBE GARANTIZAR A TODA PERSONA; LOS DERECHOS SIN DISCRIMINACIÓN; DE RAZA ,SEXO, COLOR, TAMAÑO, CONDICIÓN SOCIAL.
¿COMO ESTA CONSTRUIDO UN TEXTO CONSTITUCIONAL?
"Creación por parte del emisor; ser aceptable para el receptor ser informativo, aportándonos novedad estar contextualizado situacionalmente en un aquí y en un ahora, establecer relaciones intertextuales con otros textos.
crear una serie amplia de operaciones que cotidianamente llevamos acabo entre ellas:
- presuponer y sobrentender significados que no están explícitos pero que deducimos por inferencia.
- determinar los elementos necesarios en un texto y los componentes textuales que son frecuentes, aunque no imprescindibles.
- planificar interactivamente entre todos los participantes en el diálogo, negociando nuestros intereses legítimos o manipulando a nuestro interlocutores.
- parafrasear o reformular lingüísticamente contenidos que deben ser explicados y precisados".
¿CUAL ES SU IMPORTANCIA?
conocer los conceptos normas y leyes, en la constitución política de Colombia y así elaborar correctamente un texto sabiendo las; sabiendo las reformas que ha sufrido el texto constitucional, " La última fue en 1994. En su conjunto, la modificación no cambió los principales contenidos de la de 1853, aunque sí enmendó parte de la estructura institucional a los tratados internacionales sobre derechos humanos".
http://www.lagaceta.com.ar/nota/371551/Opinión/importancia_conocer_Constitución
¿QUE SON LOS VALORES Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES?
"son normas que establecen fines dirigidos en general a las autoridades creadoras del derecho y en especial al legislador, expresando fines jurídicos para le futuro construyendo el fundamento y finalidad de la organización política; los hay de diferentes tipos como lo son convivencia,trabajo, libertad y paz,
justicia,conocimiento,igualdad, plasmados en el preámbulo de la constitución".
"Normas que establecen un deber ser específicos del cual se deriva un espacio discrecionalidad legal y judicial, teniendo mayor eficacia y por lo tanto,una mayor capacidad para ser aplicados de forma de directa e inmediata".
algunos de ellos son:
"EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO, LA FORMA DE ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y TERRITORIAL, LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y PLURALISTA, EL RESPETO DE LA DIGNIDAD HUMANA, EL TRABAJO, LA SOLIDARIDAD, LA PREVALENCIA DEL INTERÉS GENERAL".
¿QUE ES UN DERECHO FUNDAMENTAL?
"Los derechos fundamentales son aquellos inherentes al ser humano, pertenecen a toda persona en razón a su dignidad humana".
- "Concepto objetivo. Esencia de la estructura jurídico política de nuestra constitución, el estado social de derecho no puede existir sin el reconocimiento y el ejercicio de los derechos fundamentales".
- "Concepto subjetivo, ámbito limitado del individuo imprescindible para el desarrollo y la libertad de las personas, es núcleo básico e irrenunciable del estatuto jurídico del individuo".
- "Límites Internos, el contenido del derecho no debe de ser transgredido por otras personas o poderes, ya que se estaría atentando a la dignidad de la persona".
- "Límites Externos, impuesto por el orden jurídico de manera expresa, limita las manifestaciones ideológicas, protegiendo de esta manera los derechos de otras personas".
- "Inherentes a la personalidad: son aquellos derechos de los cuales se es titular por el solo hecho de ser persona".